10. LA BARBERA DE ELISABETH (1681)

     Del mismo modo que, investigando en papeles de Villajoyosa, nos encontramos con numerosos hechos de relación humana diversa, bien contractual, bien reivindicando derechos personales, nos surgen también apelativos de la toponimia urbana y rural de la villa de hace unos trescientos años o más. Por documentos refrendados por el notario Francisco Vaello en 1674, accedemos a nombres como el Bell Puig, Les Puntes, el Barranquet, l’Arquet d’Avall, el molí fariner dels Alcocons, Almiserans y otros nombres como font del Murtet, font del Carabassot, etc. Igualmente, nos hemos encontrado con otros a lo largo de documentos de distintos años y diferentes notarios. Son: la font de Mayor, dentro de las murallas, el carrer dels Capellans, el carrer Vaello… denominaciones que se suman a los más conocidos documentalmente, que son carrer Runar, carrer Major, carrer de Baix, placeta de Mosquera, carrer de Soto (cerca del pozo de San Vicente, y que, en 1674 pertenecía a la familia del notario Isidro Miquel). Este último dato proviene de una partición de la herencia de este notario entre sus hijos e hijas… y con el fin de no perturbarse los unos a los otros en derechos y equivalencias de valor en el reparto, según expresión casi literal de Ignacio Miquel al otorgar concordia con sus hermanos y hermanas. El propio molino de l’Alcocó y Acequia Mayor aparecen al enumerar propiedades a repartir, y tercios de casas intramuros, todo de dicha familia.

     Por su curiosidad, la escritura de cesión que comentamos con más detendimiento s la que otorga Elisabet Juan Morales ante el notario Vaello en febrero de1681. Por este texto de la que era viuda del “balle pere i Vanies” (sic) de Villajoyosa, accedemos a otra curiosidad. Dice el escrito en su inicio lo siguiente: “Atés (acento, nuestro) y considerat que Mosen panta leon y Vanies (su hijo) present en lo dia de huí afet dona sió junta ment ab la dita Elisabet Juan Morales, Asensi y Vanies fill y nebot de un tros de terra dit la barbera (¿habría vivienda allí?) que solia ser de Joseph Llorca y com lo dit notari Panta leon y Vanies era señor de dita barbera per la qual raho promet y seobliga la dita elisabet Juan Morales al dit mosen (…) que sempre y quant ten gués (acento, nuestro) nessesitat urgent que vendre del dot de la dita elisa (…) fins suma de tres sentes lliures dempenar (de empeñar) part dea quelles y sia quell no agués de menester no puga lo dit mosen y Vanies donar a den guna persona sinoes Afills y ereus de ladita elisabet Juan morales per toro lo qual (…) renuncia tot qualsevol dret que puga valdre y estiga en faor deles dones”. Actuaron de testigos Pere Rois y Miquel Saragoza, vileros.

     Por el talante del texto y por las reservas en él aparecidas, deducimos que los propietarios de aquella “Barbera”, como los de 18 años después, els Aragonesos, procuraron mantener indivisas las tierras de su propiedad. En 1699, siendo ya sus dueños, en un testamento de uno de ellos se insertaba una cláusula por la que los cónyuges testadores se
imponían no contraer nuevo matrimonio en caso de viudedad, quizá también por impedir división sus tierras. (A esta “Barbera” añadimos aquélla de don Pedro Ruiz Galiana. Al respecto, veamos cómo en 1700, y por el asunto de un censal, se empeña una heredad “dita La Barbera”, situada en la huerta de La Vila. Ésta lindaba con tierras de la viuda de Frances Galiana, con tierras de Pere Jusep Vaello, “ab ribes de la mar y ab cami de Benidorm sequia en mig”. (“¡ab ribes de la mar!”). No cabe duda de qué “Barbera” se trataba, visto que, por el Este y por el Sur, terminaba en los ribazos ya dichos.

JOSÉ PAYÀ NICOLAU

Antigua imagen de la Barbera sobre el puerto de la Vila

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